Toda multa que sea otorgada a un vehículo de motor arrastre o semiarrastre seguirá al dueño o propietario de la tablilla o conductor certificado, según sea el caso, de dicho vehículo.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 9 - Carreteras y Tránsito
Capítulo 27 - Ley de Vehículos y Tránsito del 2000
Subcapítulo XXIII - Cobro de Derechos
§ 5683. Conversión de faltas administrativas a delitos menos graves
§ 5685. Procedimiento administrativo
§ 5687. Eliminación de faltas administrativas del récord del conductor
§ 5688. Sistema Automático de Control de Tránsito
§ 5689. Remoción, depósito y custodia de vehículos
§ 5690. Anotación de multa a vehículo de motor, arrastre o semiarrastre