(1) Será el ente responsable de la coordinación e implantación de todos los aspectos del Proyecto ENLACE, incluyendo, sin que sea una limitación, el desarrollo de vivienda, infraestructura, dragado y canalización del Caño, desarrollo urbano y desarrollo socioeconómico. Podrá implantar proyectos y programas relacionados, contratar a terceros para que los desarrollen y coordinar con aquellas agencias públicas con proyectos y programas en el Distrito.
(2) Garantizará mecanismos de participación ciudadana en la planificación y ejecución del Proyecto ENLACE y promoverá el apoderamiento comunitario, la capacitación del liderato y el fortalecimiento de las organizaciones de base comunitaria. Proveerá apoyo técnico a los residentes, empresas comunitarias y otras entidades de base comunitaria del Distrito cuando sea necesario y mantendrá informados a los residentes y comerciantes sobre el desarrollo del Proyecto ENLACE y los mecanismos de participación.
(3) Promoverá la creación de alianzas estratégicas con el sector privado empresarial y con organizaciones bona fide sin fines de lucro.
(4) Promoverá la mayor participación del sector privado en el desarrollo del Proyecto ENLACE, para lo cual estimulará la inversión, el desarrollo industrial y comercial, la iniciativa individual y colectiva de los ciudadanos y empresas del Distrito y de la comunidad puertorriqueña en general.
(5) Propiciará, facilitará y potenciará la creación, el mejoramiento y el fortalecimiento de empresas y negocios de residentes del Distrito y de la Península de Cantera localizados allí, entre otros, mediante la concesión de medidas de trato preferente en los procesos de compras de las agencias públicas. Promoverá la contratación y subcontratación de residentes y organizaciones de base comunitaria, incluyendo empresas comunitarias, que cumplan con los requerimientos, y estén capacitadas para ejecutar programas y proyectos relacionados con el Proyecto ENLACE.
(6) Garantizará la continuidad de la participación ciudadana en la toma de decisiones, la planificación y ejecución del Proyecto ENLACE que permita tanto la permanencia a largo plazo de las comunidades que comprenden el Distrito, así como un trato justo y equitativo en los procesos de realojo de familias necesarios para la implantación del Proyecto ENLACE.
(7) Llevará a cabo sus trabajos según logre su pleno desarrollo, con personal capacitado y una reducida estructura para que no pierda su carácter de entidad coordinadora ágil y eficiente, y no se convierta en pesado aparato burocrático.
(8) Buscará formas innovadoras y agresivas para el financiamiento del desarrollo del Proyecto ENLACE, combinando para ello recursos públicos y recursos privados.
(9) Coordinará la atención apropiada a la situación de titularidad de los terrenos de acuerdo a lo establecido en este capítulo.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 23 - Planificación y Fomento Público
Capítulo 122 - Desarrollo Integral del Distrito de Planificación Especial del Caño de Martín Peña
§ 5033. Corporación del Proyecto ENLACE del Caño Martín Peña—Creación
§ 5034. Corporación del Proyecto ENLACE del Caño Martín Peña—Junta de Directores
§ 5035. Corporación del Proyecto ENLACE del Caño Martín Peña—Poderes
§ 5037. Corporación del Proyecto ENLACE del Caño Martín Peña—Fondos; desembolsos
§ 5038. Corporación del Proyecto ENLACE del Caño Martín Peña—Sistema de contabilidad
§ 5043a. Obras de rehabilitación y construcción; exención
§ 5044. Compañía para el Desarrollo de la Península de Cantera
§ 5046. Zona Marítimo Terrestre
§ 5047b. Permuta de títulos a cambio de derechos de superficie
§ 5048. Fideicomiso de la Tierra del Caño Martín Peña
§ 5049. Alternativas de realojo
§ 5052. Desarrollo comunitario
§ 5053. Registro de Empresas y Licitadores del Caño Martín Peña
§ 5054. Oficina del Proyecto ENLACE del Caño Martín Peña
§ 5056. Incentivos contributivos
§ 5059. Convenio del E. L. A. con los tenedores de bonos
§ 5060. Ingresos de la Corporación
§ 5061. E.L.A. de Puerto Rico y sus subdivisiones no responsables