2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 27 - Tuberculosis
§ 448. Taller para pacientes tuberculosos—Uso de fondos derivados de la venta de productos

Los fondos que se deriven de la venta de los artículos confeccionados en este taller se depositarán como un fondo especial en el Tesoro de Puerto Rico a disposición del Secretario de Salud para ser invertidos en materiales, equipo y pago del local donde esté establecido dicho taller; entendiéndose, que el dinero sobrante, después de hechos los anteriores gastos se dedicará al pago de salario de los operarios y otros empleados.