2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 19 - Enseñanza de Adultos; Escuelas Nocturnas
§ 435. Programa de Inglés para Adultos—Extensión de beneficios a emigrantes agrícolas a los Estados Unidos

Por la presente se autoriza a los Secretarios del Trabajo y Recursos Humanos y de Educación de Puerto Rico, previo estudio a realizarse en los campamentos de emigrantes puertorriqueños en los Estados Unidos, a extender los beneficios del Programa de Inglés para Adultos a los trabajadores puertorriqueños que por temporadas emigran hacia Estados Unidos y van a trabajar y vivir a campamentos agrícolas en distintas regiones de aquel país por períodos que fluctúan entre cinco (5) y seis (6) meses. Estas actividades educativas así extendidas seguirán la orientación, programa de estudios y curso de acción que determine el Secretario de Educación de Puerto Rico. Los directores del Programa de Inglés para Adultos, bajo la supervisión del Secretario de Educación, estarán a cargo del desarrollo de los planes y la determinación de métodos y técnicas a usarse. El Secretario del Trabajo y Recursos Humanos tendrá a su cargo la selección de los lugares donde hayan de ofrecerse las facilidades de enseñanza.

Structure 2020 Laws of Puerto Rico

2020 Laws of Puerto Rico

Título 18 - Educación

Parte I - Escuelas Publicas

Capítulo 19 - Enseñanza de Adultos; Escuelas Nocturnas

§ 401. División de Educación de la Comunidad—Creación

§ 402. División de Educación de la Comunidad—Facultades del Secretario de Educación

§ 403. División de Educación de la Comunidad—Nombramiento del personal

§ 404. División de Educación de la Comunidad—Deberes del Director

§ 405. División de Educación de la Comunidad—Declaración de utilidad pública

§ 406. División de Educación de la Comunidad—Asignación

§ 407. Asignación para la enseñanza de analfabetos

§ 408. Contratos de maestros para adultos—Asignación

§ 409. Contratos de maestros para adultos—Reajuste de la compensación a los maestros

§ 410. Contratos de maestros para adultos—Pago por el Secretario de Hacienda

§ 426. Derechos por examen, diploma y duplicados

§ 428. Escuelas nocturnas—Creación; uso de las escuelas diurnas

§ 429. Escuelas nocturnas—Nombramiento de maestros; requisitos

§ 430. Escuelas nocturnas—Asignaturas a enseñarse

§ 431. Escuelas nocturnas—Horas de clase

§ 432. Escuelas nocturnas—Admisión

§ 433. Escuelas nocturnas—Remuneración a maestros

§ 434. Escuelas nocturnas—Asignación

§ 435. Programa de Inglés para Adultos—Extensión de beneficios a emigrantes agrícolas a los Estados Unidos

§ 436. Programa de Inglés para Adultos—Coordinación de actividades de los Secretarios del Trabajo y Recursos Humanos y de Educación

§ 437. Programa de Inglés para Adultos—Facultades del Secretario del Trabajo y Recursos Humanos

§ 438. Programa de Inglés para Adultos—Asignación en presupuesto