2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 19 - Enseñanza de Adultos; Escuelas Nocturnas
§ 408. Contratos de maestros para adultos—Asignación

Para dar cumplimiento a las disposiciones de las secs. 408 a 410 de este título, se autoriza al Secretario de Educación a contratar los servicios de aquellos maestros que ejercen en las escuelas públicas de Puerto Rico o de cualquier maestro con licencia y que esté autorizado para ejercer su profesión, y a pagarles la debida compensación por los servicios adicionales que presten como maestros para adultos, fuera de las horas regulares de servicio que prestan como maestros de instrucción pública. Disponiéndose, que dicha compensación se pagará de la asignación de cincuenta mil dólares ($50,000) que aparece en la Ley de Presupuesto para el año fiscal 1945-46, como así también de cualquier asignación que se autorice por ley durante años sucesivos para tales fines.

Structure 2020 Laws of Puerto Rico

2020 Laws of Puerto Rico

Título 18 - Educación

Parte I - Escuelas Publicas

Capítulo 19 - Enseñanza de Adultos; Escuelas Nocturnas

§ 401. División de Educación de la Comunidad—Creación

§ 402. División de Educación de la Comunidad—Facultades del Secretario de Educación

§ 403. División de Educación de la Comunidad—Nombramiento del personal

§ 404. División de Educación de la Comunidad—Deberes del Director

§ 405. División de Educación de la Comunidad—Declaración de utilidad pública

§ 406. División de Educación de la Comunidad—Asignación

§ 407. Asignación para la enseñanza de analfabetos

§ 408. Contratos de maestros para adultos—Asignación

§ 409. Contratos de maestros para adultos—Reajuste de la compensación a los maestros

§ 410. Contratos de maestros para adultos—Pago por el Secretario de Hacienda

§ 426. Derechos por examen, diploma y duplicados

§ 428. Escuelas nocturnas—Creación; uso de las escuelas diurnas

§ 429. Escuelas nocturnas—Nombramiento de maestros; requisitos

§ 430. Escuelas nocturnas—Asignaturas a enseñarse

§ 431. Escuelas nocturnas—Horas de clase

§ 432. Escuelas nocturnas—Admisión

§ 433. Escuelas nocturnas—Remuneración a maestros

§ 434. Escuelas nocturnas—Asignación

§ 435. Programa de Inglés para Adultos—Extensión de beneficios a emigrantes agrícolas a los Estados Unidos

§ 436. Programa de Inglés para Adultos—Coordinación de actividades de los Secretarios del Trabajo y Recursos Humanos y de Educación

§ 437. Programa de Inglés para Adultos—Facultades del Secretario del Trabajo y Recursos Humanos

§ 438. Programa de Inglés para Adultos—Asignación en presupuesto