2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 42 - Anualidades Caritativas
§ 4205. Informes anuales

La organización caritativa presentará un informe anual al Comisionado de Seguros en o antes del 31 de marzo de cada año, a menos que el Comisionado prorrogue dicho término, sobre la condición financiera del fondo segregado de la organización caritativa en la forma y con el contenido general que apruebe el Comisionado de Seguros.