La habilitación de espacios y su operación y funcionamiento se llevará a cabo con la reglamentación que promulgue el Departamento y la Autoridad de Edificios Públicos para asegurar el mayor beneficio a los incapacitados y los concesionarios.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 8 - Bienestar Público e Instituciones Caritativas
Capítulo 21 - Personas Incapacitadas, Concesiones en Edificios Públicos
§ 382. Facultades; espacio adecuado
§ 384. Concesiones intransferibles
§ 385. Habilitación de espacio y energía eléctrica
§ 388. Autoridad del Secretario de Transportación y Obras Públicas