Las concesiones que se otorguen de acuerdo a las disposiciones de este capítulo serán personales e intransferibles a menos que el programa autorice expresamente la transferencia.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 8 - Bienestar Público e Instituciones Caritativas
Capítulo 21 - Personas Incapacitadas, Concesiones en Edificios Públicos
§ 382. Facultades; espacio adecuado
§ 384. Concesiones intransferibles
§ 385. Habilitación de espacio y energía eléctrica
§ 388. Autoridad del Secretario de Transportación y Obras Públicas