2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo IX - Cremación
§ 3862. Director del Centro de Cremación y Operador

El Director del Centro de Cremación será un director funeral. Será un profesional debidamente calificado y certificado por el Secretario del Departamento de Salud. Deberá haber aprobado estudios superiores en Gerencia y Administración de Funerarios o en deberes y funciones de un Director Funeral. Presentará prueba de sus cualificaciones morales incluyendo un certificado de antecedentes penales a ser expedido por el Superintendente de la Policía de Puerto Rico. El operador del equipo de cremación deberá estar certificado como tal por el manufacturero del equipo.