La venta, cesión, permuta, arrendamiento, subarrendamiento o cualquier otro tipo de contratación para la adquisición, operación o administración de instalaciones de salud, conforme a las disposiciones de las secs. 3326 a 3326s de este título a favor de cualquier municipio del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, conllevará la modificación de aquella aportación que dicho municipio realice al sistema de beneficencia de salud dispuesto en las secs. 1001 et seq. de este título, según enmendadas. La aportación que dicho municipio contratante realice, será aquella apta y negociada junto con el Secretario, el Banco y ASES, conforme a la situación fiscal del municipio y la población en dicha región.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte VII - Hospitales, Instituciones y Programas sobre Salud
Capítulo 145 - Privatización de Instalaciones de Salud
§ 3326b. Uso de las instalaciones de salud
§ 3326e. Pólizas y fianzas—Requerimientos
§ 3326f. Contratos—Arrendamientos: término inicial de duración
§ 3326h. Contratos—Cumplimiento con requisitos adicionales
§ 3326i. Contratos—Responsabilidades del Departamento