2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 145 - Privatización de Instalaciones de Salud
§ 3326c. Propuestas

(a) El compromiso de adquirir las fianzas y pólizas establecidas por ley, así como el aceptar en todo momento la cubierta de seguro médico que provea el asegurador o proveedor de servicios de salud, al cual ASES le haya otorgado un contrato para la adquisición de dicha cubierta.
(b) La organización de las instalaciones de salud y servicios que contempla establecer, y definir su relación con la comunidad y cómo armonizará los servicios del sistema de salud.
(c) La organización estructural y funcional de los servicios de salud y el manejo de pacientes, según el nivel de servicios de salud en que esté enmarcada cada instalación en particular.
(d) Una proyección de la utilización de los servicios médico-hospitalarios que generará la población que recibirá los servicios. Dicha proyección deberá considerar los datos actuariales disponibles en el Departamento y en ASES.
(e) El plan de trabajo dividido en fases para implantar el proyecto, especificando aquellas fechas para las cuales estarán completadas cada una de las fases.
(f) El presupuesto para cubrir las necesidades de salud de los pacientes de la comunidad que atenderán las instalaciones de salud, las obligaciones y capacidad financiera del municipio o corporación pública o escuela de medicina.
(g) El diseño y plan para la implantación de un sistema de información e identificación de pacientes que genere datos válidos, confiables, precisos y a tiempo para la toma de decisiones, producción de informes estadísticos, informes clínicos, facturación y cobro a planes de salud, Medicare, pago directo y otros. Este plan estará implantado por completo en o antes de los primeros noventa (90) días de administración por parte del contratista.
(h) La composición de una facultad médica y dental, así como el reglamento que la regula, e indicar los procedimientos para seleccionar a sus miembros y evaluar la calidad del cuidado médico brindado en las instalaciones de salud. También, se incluirá el programa de educación continuada de la facultad.
(i) El municipio tendrá que incluir copia de la ordenanza aprobada por la legislatura municipal, autorizando la transacción o contratación a efectuarse entre éste y el Departamento.