(a) Un negocio multinivel podrá solicitarle al Secretario que los distribuidores independientes que forman parte de su red de venta no sean considerados comerciantes para fines del cobro y remisión del impuesto de valor añadido.
(b) La determinación de que un negocio multinivel o de ventas directas puede remitir el impuesto de valor añadido en representación de sus distribuidores independientes, se hará mediante la presentación de un acuerdo final con el Secretario conforme a las disposiciones de la sec. 33207 de este título, de acuerdo a los requisitos y procedimientos que establezca el Secretario mediante documento oficial.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 13 - Contribuciones y Finanzas
Subtítulo 17 - Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico
Parte V-A - Impuesto de Valor Añadido
Capítulo 1050E - Registro de Comerciantes, Certificados de Registro y Otros Certificados
§ 32251. Registros de Comerciantes y de Pequeños Comerciantes
§ 32252. Exhibición del certificado de registro
§ 32253. Gestión comercial sin certificado de registro
§ 32254. Certificado de exención y tasa cero para planta manufacturera
§ 32255. Certificados de compras exentas
§ 32256. Certificado de comerciante elegible
§ 32258. Permiso para pagar el impuesto de valor añadido directamente al Secretario