(a) Todo comerciante que reclame un crédito concedido en esta parte contra su responsabilidad del impuesto de valor añadido deberá conservar y tener disponible para el Secretario toda la documentación necesaria para validar su derecho a tales créditos, en la forma que el Secretario establezca por documento oficial, incluyendo medios de transmisión electrónica.
(b) El Secretario podrá rechazar cualquier crédito reclamado por un comerciante, en la medida que no pueda ser evidenciado con la información requerida bajo esta sección, en cuyo caso la cantidad adeudada se considerará una deficiencia para fines de las secs. 33001 et seq de este título.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 13 - Contribuciones y Finanzas
Subtítulo 17 - Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico
Parte V-A - Impuesto de Valor Añadido
Capítulo 1050D - Ajustes, Créditos y Reintegros
§ 32241. Ajustes para determinar el impuesto de valor añadido a pagar
§ 32242. Crédito por impuesto de valor añadido pagado
§ 32244. Cantidad pagada en exceso
§ 32245. Documentos requeridos para la reclamación de créditos
§ 32247. Reembolso de impuesto de valor añadido pagado por personas no residentes