2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 1050B - Persona Responsable y Cobro
§ 32223. Cobro del impuesto conjuntamente con precio de venta

(a) Cuando sea impráctico, debido a la naturaleza del negocio, cumplir con lo requerido en la sec. 32222(c) de este título, el Secretario podrá eximir al comerciante, motu proprio o previa solicitud al efecto, de cumplir con dicho requisito y requerirle o autorizarlo a reflejar el impuesto de valor añadido conjuntamente con el precio de venta.
(b) En el caso mencionado en el inciso (a), el impuesto de valor añadido será calculado restando del total de las ventas brutas para el período de informe aplicable, el total de las ventas tributables para el mismo período. Las ventas tributables se determinarán dividiendo las ventas brutas entre uno punto ciento cinco (1.105).