En los procedimientos relacionados con ascensos en nivel no se podrá dispensar ni se podrá obviar ninguno de los requisitos establecidos en este subcapítulo, excepto lo dispuesto en la sec. 317b de este título.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 16 - Ley de la Carrera Magisterial
Subcapítulo II - Rango Magisterial y Salarios
§ 313. Finalidad de la clasificación y nivel magisterial
§ 313a. Denominación de las clasificaciones y niveles magisteriales
§ 313b. Nivel I en cada clasificación
§ 313c. Nivel II en cada clasificación
§ 313d. Nivel III en cada clasificación
§ 313d-1. Nivel IV en cada clasificación
§ 313e. Sustitución de horas de educación continua con créditos académicos
§ 313f. Requisitos indispensables para ascensos
§ 313i. Procedimiento para la revisión de nivel en la clasificación