El secretario del tribunal enviará copia de cualquier querella que se radique bajo el procedimiento establecido por las secs. 3118 a 3132 de este título, así como de la orden de señalamiento del juicio, al Secretario del Trabajo y Recursos Humanos, quien podrá intervenir en el procedimiento por conducto de cualesquiera de los abogados del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 32 - Código de Enjuiciamiento Civil de Puerto Rico
Subtítulo 4 - Ley de Procedimientos Legales Especiales
Capítulo 253 - Reclamaciones Laborales
§ 3116. Honorarios de abogado—Contratos
§ 3117. Honorarios de abogado—Responsabilidad del abogado por infringir disposiciones
§ 3122. Secretario del Trabajo y Recursos Humanos; notificación, intervención
§ 3124. Discreción del tribunal; moción
§ 3128. Indemnización por apelación dilatoria