2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 253 - Reclamaciones Laborales
§ 3122. Secretario del Trabajo y Recursos Humanos; notificación, intervención

El secretario del tribunal enviará copia de cualquier querella que se radique bajo el procedimiento establecido por las secs. 3118 a 3132 de este título, así como de la orden de señalamiento del juicio, al Secretario del Trabajo y Recursos Humanos, quien podrá intervenir en el procedimiento por conducto de cualesquiera de los abogados del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos.