Cuando en una demanda se incluya como parte demandada al cónyuge de la persona a quien el Secretario le concedió la representación legal o a la sociedad legal de gananciales compuesta por ambos y éstos no comparecieran al tribunal a defender sus derechos, el abogado designado por el Departamento de Justicia podrá, a solicitud del funcionario o ex funcionario demandado asumir la representación de los mismos.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 32 - Código de Enjuiciamiento Civil de Puerto Rico
Subtítulo 4 - Ley de Procedimientos Legales Especiales
Capítulo 251 - Pleitos contra el Estado Libre Asociado de Puerto Rico
§ 3074. Acción del contribuyente, prohibida
§ 3075. Acción del contribuyente, prohibida—Jurisdicción de los tribunales
§ 3076. Acción del contribuyente, prohibida—Efecto sobre otras leyes
§ 3077. Reclamaciones y acciones contra el E.L.A.—Autorización
§ 3077a. Reclamaciones y acciones contra el E.L.A.—Notificaciones
§ 3080. Reclamaciones y acciones contra el E.L.A.—Procedimiento
§ 3081. Reclamaciones y acciones contra el E.L.A.—Acciones no autorizadas
§ 3084. Reclamaciones y acciones contra el E.L.A.—Aprobación administrativa
§ 3086. Representación legal del Secretario de Justicia
§ 3088. Actos u omisiones no incluidos
§ 3089. Cuando el Secretario de Justicia figure como demandado solicitante
§ 3092a. Representación del cónyuge y la sociedad de gananciales codemandados