Las disposiciones de las secs. 3074 a 3076 de este título no menoscabarán en forma alguna el derecho de cualquier contribuyente a los remedios provistos en las leyes contributivas en vigor en Puerto Rico, en la ley creadora del Tribunal de Contribuciones de Puerto Rico y en la Ley de 25 de abril de 1931, Núm. 47, siempre que los recursos que se establezcan bajo dicha ley no contravengan las disposiciones de las secs. 3074 a 3076 de este título; Disponiéndose, que en ningún recurso promovido bajo dicha ley se expedirán autos de injunction u órdenes de entredicho en violación de las disposiciones de las secs. 3074 a 3076 de este título.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 32 - Código de Enjuiciamiento Civil de Puerto Rico
Subtítulo 4 - Ley de Procedimientos Legales Especiales
Capítulo 251 - Pleitos contra el Estado Libre Asociado de Puerto Rico
§ 3074. Acción del contribuyente, prohibida
§ 3075. Acción del contribuyente, prohibida—Jurisdicción de los tribunales
§ 3076. Acción del contribuyente, prohibida—Efecto sobre otras leyes
§ 3077. Reclamaciones y acciones contra el E.L.A.—Autorización
§ 3077a. Reclamaciones y acciones contra el E.L.A.—Notificaciones
§ 3080. Reclamaciones y acciones contra el E.L.A.—Procedimiento
§ 3081. Reclamaciones y acciones contra el E.L.A.—Acciones no autorizadas
§ 3084. Reclamaciones y acciones contra el E.L.A.—Aprobación administrativa
§ 3086. Representación legal del Secretario de Justicia
§ 3088. Actos u omisiones no incluidos
§ 3089. Cuando el Secretario de Justicia figure como demandado solicitante
§ 3092a. Representación del cónyuge y la sociedad de gananciales codemandados