2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 132A - Carta de Derechos de los Pacientes y Sobrevivientes de Cáncer
§ 3080. Informe escrito

A los seis (6) meses, luego de que esta ley comience a regir, el Departamento de Salud, el Centro Comprensivo de Cáncer de Puerto Rico, la Oficina del Procurador de la Salud o su ente jurídica equivalente, la Oficina del Procurador del Ciudadano, el Departamento del Trabajo, la Oficina del Comisionado de Seguros y el Departamento de Educación radicarán un informe escrito ante la Asamblea Legislativa y comparecerán cada dos años ante ésta para rendir un informe acerca de la implementación de la misma.