Este capítulo deberá interpretarse en la forma más amplia y beneficiosa para los pacientes y sobrevivientes de cáncer y sus familias. Se entiende, además, que todo derecho concedido por este capítulo se concederá en adición a cualquier otro derecho concedido. En caso de conflicto entre las disposiciones de este capítulo y las disposiciones de cualquier otra, prevalecerán aquellas que resulten ser más favorables para los pacientes y sobrevivientes de cáncer y sus familias.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte VII - Hospitales, Instituciones y Programas sobre Salud
Capítulo 132A - Carta de Derechos de los Pacientes y Sobrevivientes de Cáncer
§ 3073. Responsabilidades de proveedores públicos y privados de servicios para pacientes de cáncer
§ 3074. Facultades de la Oficina del Procurador de la Salud y del Comisionado de Seguros