2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 239 - Disposiciones Generales
§ 2902. Declaración de utilidad pública

La propiedad particular como también [los bienes definidos en] la sec. 1025 del Título 31 como bienes patrimoniales, y también cualquier interés o derecho que tuviere persona o entidad alguna como arrendataria, acreedora hipotecaria, usufructuaria, censualista, o cualquier otro derecho real, podrán, de acuerdo con las disposiciones de las secs. 2901 a 2913 de este título, ser expropiados, perjudicados o destruidos en todo o en parte, o, para fines legales, imponerse a los mismos una servidumbre perpetua o temporal, cuando haya sido declarada la utilidad pública por el Gobernador o el funcionario o la agencia por él designada. La declaración de utilidad pública será hecha por el Gobernador o el funcionario o la agencia por él designada, previa audiencia en todo caso, de aquéllos a quienes interese ser oídos sobre la conveniencia de dicha declaratoria y sobre la necesidad para el mejor servicio público y mejor realización con tal fin de la obra de que se trate, de la expropiación o expropiaciones de propiedad particular que hayan de efectuarse, o de la imposición de las servidumbres que sobre tal propiedad se requiera. Al hacer el Gobernador o el funcionario o la agencia por él designada la declaración de la utilidad pública de determinada obra, fijará concretamente la propiedad que haya de ser expropiada o gravada para la realización de aquélla.

Structure 2020 Laws of Puerto Rico

2020 Laws of Puerto Rico

Título 32 - Código de Enjuiciamiento Civil de Puerto Rico

Subtítulo 4 - Ley de Procedimientos Legales Especiales

Parte IV - Expropiacion Forzosa

Capítulo 239 - Disposiciones Generales

§ 2901. Privación de propiedad, limitada

§ 2902. Declaración de utilidad pública

§ 2903. Fines para los cuales se puede ocupar la propiedad privada

§ 2905. Inicio del procedimiento de expropiación forzosa

§ 2906. Comparecencia de partes que no se mencionan en la demanda

§ 2907. Declaración de adquisición; investidura del título y derecho a compensación

§ 2909. Toma de posesión; compensación por uso de la propiedad

§ 2910. Desistimiento de adquisición; devolución a antiguo dueño; daños e intereses

§ 2911. Alcance de la sentencia definitiva

§ 2912. Personas incapacitadas

§ 2913. Toma de posesión durante apelación

§ 2914. Radicación de acciones de expropiación forzosa; lugar del juicio; procedimiento

§ 2916. Expropiación para beneficio de los municipios

§ 2917. Expropiación para beneficio de los municipios—Aprobación de ordenanza; requerimiento al Gobernador

§ 2918. Expropiación para beneficio de los municipios—Declaración de adquisición; pago de compensación

§ 2919. Expropiación para beneficio de los municipios—Título a la propiedad; reembolso por municipio

§ 2920. Expropiación para beneficio de los municipios—Declaración de utilidad pública

§ 2923. Afectación de terrenos para fines públicos—Declaración de propósitos

§ 2924. Afectación de terrenos para fines públicos—Definiciones

§ 2925. Afectación de terrenos para fines públicos—Criterios para determinarla