Todo patrono que deje de pagar el tipo de salario estipulado en las secs. 271 a 288 de este título para horas regulares u horas extras de trabajo, o que permita, induzca u obligue a un empleado a renunciar, o a aceptar, o convenir en renunciar, la compensación a base de tipo doble de salario por horas extras, o que no lleve las nóminas de los salarios como determine el Secretario del Trabajo y Recursos Humanos, o no rinda los informes sobre salarios que éste solicite, o impida el examen de dichas nóminas de pago por el Secretario del Trabajo y Recursos Humanos o sus agentes autorizados, o a sabiendas consigne datos falsos en dichas nóminas o informes, o que viole cualquier disposición de las secs. 271 a 288 de este título o de las órdenes, reglas o reglamentos que dicte el Secretario del Trabajo y Recursos Humanos según aquí se determina, o que despida o en cualquier otra forma discrimine contra cualquier empleado porque éste haya incoado o hecho incoar cualquier procedimiento de acuerdo con las secs. 271 a 288 de este título o relacionado con las mismas, o que se valga de cualquier recurso, fraude, simulación o subterfugio para no pagar, burlar, negar o privar a cualquier empleado del derecho a recibir un tipo de doble salario por las horas extras de trabajo, incurrirá en un delito menos grave y, convicto que fuere, será castigado con una multa no menor de cincuenta dólares ($50) o cárcel por un período no menor de quince (15) días, o ambas penas a discreción del tribunal. En caso de reincidencia, será castigado con multa de cien [dólares] ($100) a quinientos dólares ($500) o cárcel por un término de treinta (30) a noventa (90) días, o ambas penas a discreción del tribunal.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte I - Disposiciones Sobre el Trabajo en General
Capítulo 13 - Horas y Días de Trabajo
§ 272. Horas de trabajo—Horas regulares
§ 273. Horas de trabajo—Horas extras
§ 273a. Horas de trabajo—Horario flexible
§ 274. Horas de trabajo—Paga extra por horas extras
§ 275. Horas de trabajo—Interpretación de contratos de trabajo
§ 285. Horas de trabajo—Ocupaciones sujetas a la ley; excepciones
§ 286. Horas de trabajo—Reglamentación por el Secretario del Trabajo y Recursos Humanos
§ 287. Horas de trabajo—Penalidades
§ 288. Horas de trabajo—Definiciones
§ 290. Permisos para empleo fuera de horas regulares—Penalidades
§ 291. Obras públicas—Horas para obreros
§ 292. Obras públicas—Penalidades
§ 295. Un día de descanso por cada seis días de trabajo
§ 296. Un día de descanso por cada seis días de trabajo—Trabajos por ajuste, exentos
§ 297. Un día de descanso por cada seis días de trabajo—Deducción de salario, prohibida
§ 298. Un día de descanso por cada seis días de trabajo—Paga doble por trabajo en día de descanso
§ 299. Un día de descanso por cada seis días de trabajo—Empleado, definición de