Se ordena al Departamento de Salud a llevar a cabo una campaña masiva de orientación a la comunidad sobre los beneficios del fluoruro a la salud y de los tratamientos y prácticas de higiene dental que deben restringirse cuando se consume agua fluorurada. La Autoridad deberá emplear sus recursos para adiestrar a su personal en medidas de seguridad para el manejo y aplicación de flúor al agua potable. La responsabilidad de orientar, a través de los medios de comunicación al pueblo, será del Departamento de Salud y no de la Autoridad.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 3 - Protección de las Aguas
§ 262. Control y disminución de incidencia de caries dentales
§ 263. Protección y mantenimiento de la salud oral
§ 265. Regulación del fluoruro
§ 266. Plan de activación y expansión para agregar fluoruro
§ 268. Asesoramiento de profesionales