2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 26 - Fluoruración
§ 266. Plan de activación y expansión para agregar fluoruro

Se ordena a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados tomar muestras del agua potable a la cual le agregue flúor, así como de la concentración de fluoruro en las plantas de tratamiento de aguas usadas, que adquiera el equipo y todos los materiales necesarios para iniciar y mantener un plan de activación y expansión para agregar flúor a través de los sistemas de agua potable en Puerto Rico. Disponiéndose, que el aspecto normativo del Programa de Fluoruración del Agua será responsabilidad del Departamento de Salud, mientras que el aspecto operacional será responsabilidad de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados.