2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 85 - Junta Examinadora de Consejeros en Rehabilitación
§ 2652. Definiciones

(a) Consejería en rehabilitación.— Significa un proceso abarcador e individualizado o grupal de naturaleza estructurada y facilitadora que establece una relación interaccional entre el consejero en rehabilitación y la persona con o sin limitaciones funcionales para el desarrollo integral de sus habilidades y destrezas orientado hacia todos los aspectos de su vida incluyendo sus metas de empleo o de una vida independiente para alcanzar su óptima calidad de vida. Este proceso está dirigido hacia el desarrollo o la restauración de la independencia funcional y la calidad de vida del ser humano. La independencia funcional que se persigue mediante el proceso de consejería en rehabilitación involucra varias metas que conllevan inclusión, autosuficiencia, integración y vida autónoma. Incluye: altos índices de calidad de vida que sean el resultado que se alcance como parte de la rehabilitación integral de este ser humano. Esto constituye la oportunidad de incluir unas dimensiones significativas y consideraciones particulares en la vida del ser humano tales como: la médica, la psicológica, la social personal, cultural, educativa, vocacional y la espiritual.
(b) Consejero en rehabilitación.— Significa el profesional que, con conocimientos adecuados de la conducta y el desarrollo humano y de las instituciones sociales, utiliza los principios y técnicas de consejería en rehabilitación para proveerle a las personas incapacitadas servicios compatibles a sus necesidades de rehabilitación.
(c) Persona incapacitada.— Significa aquel individuo que sufre de una limitación física y/o mental que constituya un impedimento substancial para desempeñarse en una actividad de trabajo.
(d) Vida independiente.— Significa una filosofía enfocada en que la persona con impedimentos adquiera el control sobre las decisiones que impactan su vida. Esto incluye el apoyo de compañeros (pares), autogestión, autodeterminación, igualdad de acceso a servicios y la intercesión individual y de sistemas con el propósito de ampliar y diversificar al máximo las oportunidades y desarrollar su liderazgo para asegurar su integración e inclusión plena como seres humanos en la sociedad. Además, significa tener el derecho y la oportunidad de tomar cualquier acción y asumir responsabilidades como parte de su proceso de vida.
(e) Junta.— Significa la Junta Examinadora de Consejería en Rehabilitación creada por este capítulo.