2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 11A - Ley de Salario Mínimo, Vacaciones y Licencia por Enfermedad
§ 250e. Uso de uniformes

Todo patrono que requiera a sus empleados el uso de uniformes tendrá que sufragar los gastos que conlleve la adquisición de los mismos. Bajo ningún concepto se podrá requerir al empleado que en forma alguna, contribuya directa o indirectamente a asumir total o parcialmente los gastos que conlleve la adquisición de tales uniformes. En conformidad a esta sección, también requiere a todo patrono de la salud la obligación de suplir uniformes, o su equivalente en dinero, a los enfermeros(as), así como a los técnicos de laboratorio, radiología, terapistas o cualquier otro profesional técnico de la salud, cuya práctica requiera la utilización de uniformes.