Se cumplirá todo lo que hubiere dispuesto el testador sobre la administración de su caudal hasta entregarlo a los herederos. Cuando el testador no haya dispuesto lo que deba hacerse sobre este punto, la administración de las testamentarías se ajustará a las reglas establecidas por las secs. 2241 et seq. de este título.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 32 - Código de Enjuiciamiento Civil de Puerto Rico
Subtítulo 4 - Ley de Procedimientos Legales Especiales
Parte I - Juicios de Testamentaria y Abintestato
Capítulo 203 - Administración de los Bienes del Finado
§ 2431. Administración de bienes; reparaciones, labores y abono
§ 2432. Auto de juez para desembolsos extraordinarios
§ 2433. Subasta pública para los trabajos
§ 2434. Fondos para pagar gastos
§ 2436. Arrendamiento de bienes
§ 2437. Posturas para arrendamientos
§ 2438. Arrendamiento de finca rústica
§ 2440. Autoridad de los agentes del finado
§ 2441. Deberes de los agentes; separación