2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 202 - Colegio de Productores de Espectáculos Públicos
§ 2018. Objeciones al uso de aportaciones

Los productores de espectáculos tendrán derecho de objetar el uso de aportaciones por el Colegio para efectuar actividades ideológicas. A tales fines, el Colegio estructurará en su reglamento, un procedimiento a seguir que sea simple para que el objetor pueda proceder de esa forma, conforme a los parámetros constitucionales aplicables.