2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo II - Permisos y licencias para operar planes de propiedad vacacional, requisitos para vender derechos vacacionales
§ 1892d. Cargo por presentación

El cargo por presentación de una solicitud de permiso para un plan de propiedad vacacional será quinientos dólares ($500.00) más tres dólares ($3.00) por cada intervalo de siete (7) días (o fracción de dicho término) de uso anual disponible a ser ofrecido a los compradores potenciales de propiedad vacacional en Puerto Rico. Si el plan de propiedad vacacional no tiene alojamientos en Puerto Rico, el número de intervalos de siete (7) días que el desarrollador solicite estar autorizado para vender en Puerto Rico constituirá la base para determinar el monto total de los cargos de presentación por la solicitud del permiso que deberán pagarse. En aquellos casos en que el producto a ser vendido en Puerto Rico consista de participaciones en un fideicomiso, programa de puntos u otro programa de naturaleza análoga, el desarrollador deberá proveer una tabla de conversión a intervalos de siete (7) días aceptable a la Compañía la cual ésta utilizará para determinar el cargo por presentación. La Compañía podrá, por reglamento, fijar cargos menores que los establecidos anteriormente si determina que los costos y gastos en que ésta incurre en la revisión de las solicitudes de permiso justifican dichos cargos menores; y podrá, por reglamento, fijar cargos que sean mayores que los establecidos anteriormente, si determina que los costos y gastos en que la Compañía incurre en la revisión de las solicitudes de permiso justifican dichos cargos mayores. La Compañía podrá realizar una inspección de la propiedad o de las propiedades pertenecientes a un plan de propiedad vacacional y podrá contratar un consultor independiente para revisar el presupuesto del plan de propiedad vacacional.