2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo II - Permisos y licencias para operar planes de propiedad vacacional, requisitos para vender derechos vacacionales
§ 1892a. Solicitud de permiso para un plan de propiedad vacacional

(1) Cualquier persona podrá presentar con la Compañía una solicitud de permiso para un plan de propiedad vacacional. Dicha solicitud será hecha en el formulario determinado o establecido, de tiempo en tiempo, mediante reglamento o de cualquier otra forma por la Compañía y estará acompañada por el cargo de presentación correspondiente de acuerdo a las disposiciones de la sec. 1892d de este título. Dicha solicitud incluirá todos aquellos documentos e información que la Compañía pueda requerir, de tiempo en tiempo, mediante reglamento, o de cualquier otra forma, pero siempre incluirá como mínimo lo siguiente:
(a) Un estudio de título actualizado o un compromiso de emitir una póliza de seguro de título de una compañía de seguros de título de buena reputación reconocida en la industria y aceptable para la Compañía, para la propiedad inmueble incluida en el plan de propiedad vacacional, cuyo estudio de título o compromiso deberá evidenciar, entre otros, que el título en pleno dominio de dicho inmueble es propiedad del desarrollador o que el derecho de uso y ocupación del referido inmueble ha sido concedido al desarrollador y copias de los documentos descritos como gravámenes o excepciones en el estudio de título o compromiso antes indicado y, de ser aplicable, copias de los documentos identificados como el contrato de arrendamiento inscrito, derecho de superficie o usufructo en virtud del cual el desarrollador goza de la propiedad inmueble en la cual el régimen de propiedad vacacional está establecido o se propone establecer y, de tratarse de un condominio, de la escritura dedicando el inmueble al régimen de propiedad horizontal, incluyendo su reglamento, de ser aplicable, e incluyendo los reglamentos y el certificado de incorporación de la asociación de condóminos, si alguna. El título en pleno dominio o el derecho a usar y ocupar el inmueble en el cual el régimen ha sido o será establecido, deberá aparecer en el estudio de título o el compromiso de emitir una póliza de seguro de título como inscrito o presentado y pendiente de inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente.
(b) Copias de todos los documentos del plan de propiedad vacacional.
(c) Copia del documento de ofrecimiento público que el desarrollador propone utilizar, según requerido por las secs. 1895 a 1895d de este título.
(d) Copias de cualesquiera garantías financieras con respecto a los alojamientos y otras instalaciones comprendidas en el plan de propiedad vacacional, según requeridas por las secs. 1894 a 1894b de este título.
(e) Evidencia del cumplimiento con el pago de las contribuciones sobre la propiedad.
(f) Una declaración de cómo se realizará el pago de las contribuciones sobre la propiedad objeto del plan de propiedad vacacional y si dicho pago será incluido en la cuota de gastos comunes anual.
(g) Evidencia de que el uso del plan de propiedad vacacional cumple con las leyes y los reglamentos de zonificación aplicables al lugar donde está localizada la propiedad comprendida en el plan de propiedad vacacional.
(h) El presupuesto para gastos comunes.
(i) Copias de los materiales relacionados con cualquier programa o programas de intercambio con los cuales el plan de propiedad vacacional pueda estar afiliado y que se requiere se entregue o se propone entregar a los compradores potenciales en cumplimiento con lo provisto en las secs. 1895 a 1895d de este título.
(j) La base utilizada para computar el cargo de presentación.
(k) Cualquier otra información o documento que, de tiempo en tiempo, pueda ser requerido por la Compañía mediante reglamento, o de cualquier otra forma, para permitirle hacer una evaluación apropiada de la solicitud de permiso del desarrollador para un plan de propiedad vacacional.
(2) Los materiales referidos en el inciso (1)(h) de esta sección no necesitan ser provistos al momento de presentar la solicitud, pero sí deberán serlo antes del otorgamiento del permiso para un plan de propiedad vacacional. Luego de recibir la solicitud de permiso, la Compañía podrá requerir que el desarrollador someta cualquier información adicional que la Compañía estime necesaria para cumplir con este capítulo.
(3) Será un acto ilegal sujeto a las penalidades dispuestas en la sec. 1901e de este título que cualquier persona:
(a) Someta a la Compañía con relación a una solicitud de permiso para un plan de propiedad vacacional cualquier documento o información que dicha persona sepa o razonablemente debería saber que es falsa o engañosa; o
(b) Deje de suministrar información que dicha persona sabe o razonablemente debería saber que es material para la revisión por la Compañía de la solicitud de permiso del desarrollador.
(c) Deje de suministrar al comprador el documento de ofrecimiento público o cualquier otra información solicitada por éste para hacer su determinación de compra.