2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo V - Directores, Funcionarios y Comités
§ 1760. Comité de Supervisión—Responsabilidad

El Comité de Supervisión tiene la responsabilidad de vigilar que la junta cumpla fielmente con las disposiciones de ley, las cláusulas, el reglamento y las resoluciones de la asamblea. Además, deberá fiscalizar la actividad económica y social.