2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 133 - Derechos y Costas
§ 1480. Penalidades

Todo(a) funcionario(a) del tribunal que deliberadamente cobre o perciba otros derechos que no sean los fijados por el Tribunal Supremo de conformidad con las facultades que le confiere la ley en cualquier causa civil, salvo el caso del pago de derechos en exceso que contempla la sec. 1479 de este título, o que deliberadamente faltare al cumplimiento de los deberes que las secs. 1476 a 1482 de este título le impone, será procesado(a) por delito menos grave.

Structure 2020 Laws of Puerto Rico

2020 Laws of Puerto Rico

Título 32 - Código de Enjuiciamiento Civil de Puerto Rico

Subtítulo 2 - Procedimiento en las Acciones Civiles en General

Parte X - Disposiciones Miscelaneas

Capítulo 133 - Derechos y Costas

§ 1479. Otros derechos

§ 1480. Penalidades

§ 1481. Documentos serán nulos si no tienen sellos

§ 1482. Personas que no pueden pagar derechos; documentos exentos de derechos

§ 1482a. Pago de derechos o aranceles

§ 1482e. Creación de un Fondo Especial para la Rama Judicial

§ 1492. Exención de derechos para préstamos de Estados Unidos—Autenticación de documentos

§ 1493. Exención de derechos para préstamos de los Estados Unidos—Inscripción libre de derechos, contribuciones o impuestos; procedimientos judiciales

§ 1494. Exención de derechos para préstamos de los Estados Unidos—Registros de la propiedad; certificaciones en centros gubernativos

§ 1495. Exención de derechos para préstamos de los Estados Unidos—Certificaciones extendidas por los registradores de la propiedad

§ 1495a. Exención de derechos para préstamos de los Estados Unidos—Entidades incluidas

§ 1496. Exención de derechos a la Sociedad para Asistencia Legal—Procedimientos judiciales; certificaciones; otorgamiento e inscripción de documentos

§ 1497. Exención de derechos a la Sociedad para Asistencia Legal—Servicios de funcionarios judiciales; mandamientos y providencias

§ 1498. Exención de derechos a la Sociedad para Asistencia Legal—Valor legal de documentos

§ 1499. Exención de derechos a la Sociedad para Asistencia Legal—Firma y sello de escritos y documentos de la Sociedad para Asistencia Legal