(a) Se discutirían exclusivamente las prácticas de personal y procedimientos internos de la Comisión Interestatal.
(b) Se discutirían asuntos exentos específicamente de ser divulgados mediante estatuto.
(c) Se discutirían secretos de fábrica, información comercial o financiera la cual es privilegiada o confidencial.
(d) Se podría acusar a alguna persona de un crimen, o censurar formalmente a alguna persona.
(e) Se divulgaría información de índole personal cuando dicha divulgación constituiría una obvia invasión injustificada al derecho a la intimidad.
(f) Se divulgarían récords recopilados para fines investigativos en cumplimiento de ley.
(g) Se divulgaría información contenida en o con relación a informes de exámenes, operaciones o situaciones preparados por, o a nombre de, o para el uso de la Comisión Interestatal sobre una entidad sujeta a reglamentación para fines de reglamentación o supervisión de dicha entidad.
(h) Se divulgaría información de forma prematura lo cual pondría en grave peligro la vida de una persona o la estabilidad de una entidad reglamentada.
(i) Se relaciona específicamente con el diligenciamiento de una citación por parte de la Comisión Interestatal o su participación en una acción o procedimiento civil.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte V - Correccion y Libertad Bajo Palabra
Capítulo 83A - Pacto Interestatal para la Supervisión de Adultos Ofensores
§ 1437. Comisión Interestatal—Poderes y deberes
§ 1438. Comisión Interestatal—Organización y operación
§ 1439. Comisión Interestatal—Actividades
§ 1440. Comisión Interestatal—Funciones reglamentadoras
§ 1441. Comisión Interestatal—Fiscalización, cumplimiento y resolución de disputas
§ 1444. Desafiliación, incumplimiento, terminación y ejecución judicial