Las acciones derivadas de un contrato de empleo o los beneficios que surgen en virtud de un contrato de empleo, prescribirán al año, contado a partir del momento en que se pueda ejercer la acción, a menos que se disponga expresamente de otra manera en una ley especial o en el contrato de empleo. No obstante, las causas de acción surgidas previo a la vigencia de esta Ley, tendrán el término prescriptivo bajo el ordenamiento jurídico anterior aplicable.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte I - Disposiciones Sobre el Trabajo en General
Capítulo 6 - Ley de Transformación y Flexibilidad Laboral
Subcapítulo II - Contrato de Empleo
§ 122b. Presunciones: contratista independiente
§ 122c. Acuerdo verbal o escrito
§ 122d. Idioma de los contratos
§ 122e. Documentos y firmas electrónicas
§ 122f. Capacidad para contratar
§ 122g. Voluntad de las partes para contratar
§ 122h. Transacciones: contratos nulos
§ 122m. Derechos de los empleados
§ 122n. Deberes de los empleados
§ 122o. Extinción del contrato de empleo