Las partes en un contrato de empleo podrán establecer los pactos, cláusulas y condiciones que tengan por convenientes, siempre que no sean contrarios a las leyes, a la moral, ni al orden público. Para invalidar un acuerdo bajo dichos fundamentos, será necesario una disposición expresa en la ley o que el mandato moral o de orden público sea generalmente aceptado en el comercio y la normativa laboral.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte I - Disposiciones Sobre el Trabajo en General
Capítulo 6 - Ley de Transformación y Flexibilidad Laboral
Subcapítulo II - Contrato de Empleo
§ 122b. Presunciones: contratista independiente
§ 122c. Acuerdo verbal o escrito
§ 122d. Idioma de los contratos
§ 122e. Documentos y firmas electrónicas
§ 122f. Capacidad para contratar
§ 122g. Voluntad de las partes para contratar
§ 122h. Transacciones: contratos nulos
§ 122m. Derechos de los empleados
§ 122n. Deberes de los empleados
§ 122o. Extinción del contrato de empleo