Las exenciones contributivas concedidas y las solicitudes de exención contributiva radicadas ante la Oficina de Exención Contributiva Industrial no más tarde de la fecha de vigencia de esta ley, continuarán rigiéndose y tramitándose de acuerdo con las disposiciones de la Ley Núm. 184 de Mayo 13, 1948, según han sido subsiguientemente enmendadas.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 13 - Contribuciones y Finanzas
Subtítulo 15 - Incentivos Industriales Contributivos en General
Parte I - Incentivos Industriales Contributivos
Capítulo 901 - Ley de Incentivo Industrial de Puerto Rico de 1954
§ 10004. Liquidaciones de negocios exentos de contribuciones
§ 10006. Transferencia de un negocio exento
§ 10007. Elegibilidad de un negocio previamente exento
§ 10008. Denegación de exención contributiva a los cesionarios de negocios exentos antecesores
§ 10010. Vigencia limitada de la Ley de Exención Industrial de Contribuciones de Puerto Rico