Para proteger el privilegio abogado(a)-cliente y el derecho de las partes a recibir representación legal en forma efectiva, no se permitirá la toma de fotografías ni grabar o difundir imágenes o audio durante los recesos decretados luego de iniciado el proceso judicial ni durante las conferencias que se efectúen en el salón o en cámara, entre la representación legal de las partes, entre abogados(as) y sus clientes, entre representantes legales de un mismo cliente o entre el abogado o la abogada y el juez o la jueza en el estrado. Tampoco estará permitido tomar video o fotos de los materiales o los documentos localizados en las mesas de dichos abogados o abogadas.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 4 - Apéndices Reglas del Tribunal
Regla 9. Conferencia de abogados(as), materiales
Regla 10. Conducta y tecnología
Regla 11. Grupo designado y acuerdos entre los medios de comunicación
Regla 12. Regulaciones y medidas adicionales
Regla 13. Asuntos no previstos
Regla 14. Uso permisible del material grabado
Regla 15. Cobertura de procesos judiciales en salas adicionales