2020 Laws of Puerto Rico
Apéndice XIX - Reglas para la Grabación y Duplicación en Cinta Videomagnetofónica en los Tribunales
Regla 5. Testimonio de peritos o testigos que no estarán disponibles el día del juicio

La toma del testimonio de peritos y de testigos que no estarán disponibles el día del juicio se hará previo el consentimiento del tribunal tanto en casos civiles como en criminales. En casos criminales el tribunal se cerciorará de que el acusado renunció libremente a su derecho de contrainterrogar al testigo el día del juicio. La toma del testimonio seguirá el procedimiento de la toma de deposiciones en casos civiles según dispone la Regla 4 de este apéndice.