(a) Casos civiles.— El escrito de apelación en casos civiles contendrá lo siguiente:
(1) Una referencia a la sentencia de la cual se apela, incluyendo el nombre de las mismas partes que aparecen ante el Tribunal de Distrito, añadiendo en los lugares apropiados la designación de “apelante” y “apelado”, y número del caso, el tribunal que dictó la sentencia, la fecha en que se dictó la misma, la fecha en que se archivó en autos copia de la notificación de la sentencia y la fecha de presentación de cualquier moción que pudiese interrumpir el plazo apelativo, si la hubiere, como también la fecha en que la misma fue resuelta y la sala del Tribunal de Primera Instancia para ante la cual se apela.
(2) Una relación fiel y concisa de los hechos pertinentes del caso.
(3) Un señalamiento de los errores que a juicio del apelante cometió el Tribunal de Distrito.
(4) Una discusión de los errores planteados, incluyendo la cita y análisis de las autoridades legales pertinentes.
(b) Casos criminales.— El escrito de apelación en casos criminales contendrá lo siguiente:
(1) El nombre o nombres de los acusados apelantes, añadiendo en los lugares apropiados la designación de “apelante” y “apelado”, la sentencia de la cual se apela, la fecha en que se dictó la sentencia, la fecha de presentación de cualquier moción que pudiese interrumpir el plazo apelativo, si la hubiere, como también la fecha en que la misma fue resuelta y la sala del Tribunal de Primera Instancia para ante la cual se apela.
(2) Información respecto a si el acusado se hallaba bajo fianza o libertad provisional al momento de su convicción y al momento de radicarse el escrito de apelación.
(3) Un breve señalamiento de los errores que a juicio del apelante cometió el Tribunal de Distrito.
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Título 4 - Apéndices Reglas del Tribunal
III-A. Reglas de Apelación del Tribunal de Distrito al Tribunal de Primera Instancia (1979)
Regla 2. Grabación de los procedimientos
Regla 3. Notas del juez de distrito para aprobar resumen del testimonio
Regla 4. Modo de formalizar la apelación
Regla 6. Relación del caso o exposición narrativa de la prueba; transcripción de evidencia
Regla 7. Notificación de la radicación de autos en apelación