2020 Laws of Puerto Rico
Apéndice XVII-C - Reglamento de la Comisión de Reputación para el Ejercicio de la Abogacía
Regla 4. Revisión

El aspirante o la aspirante afectado o afectada adversamente por un dictamen final de la Comisión podrá solicitar su revisión ante el Tribunal Supremo dentro de los veinte (20) días de haber sido notificado o notificada de éste. El tribunal podrá, discrecionalmente, acceder a dicha revisión y proveer lo que en derecho proceda.