2020 Laws of Puerto Rico
XIII. Comisión Apelativa del Servicio Público
Artículo 15. Cargo por radicación

La Comisión establecerá por reglamento los derechos correspondientes a la radicación de querellas y cargos, cuando los mismos apliquen, peticiones, recursos, apelaciones, solicitudes, presentación de escritos, trámites, copias, equipo y materiales utilizados para la evaluación, consideración y adjudicación de casos ante la Comisión, el costo de los procesos de representación y cualquier otro servicio que la Comisión preste o asunto que la misma atienda. Se autoriza a la Comisión relevar por causa del pago de dichos derechos arancelarios.