Toda persona que violare las disposiciones de este capítulo, y que fuere convicta, será sancionada con pena de reclusión no mayor de seis (6) meses o multa que no excederá de quinientos dólares ($500), o ambas penas a discreción del tribunal.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 16 - Elecciones e Inscripciones
Subtítulo 2 - Disposiciones Adicionales
Capítulo 74 - Ley Habilitadora del Referéndum de Enmienda Constitucional sobre la Fianza
§ 974d. Voto ausente o adelantado
§ 974g. Entrega y cierre de listas
§ 974j. Conservación de papeletas y actas