2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 90A - Fideicomiso Perpetuo para las Comunidades Especiales
§ 971d. Junta de Directores—Derechos, poderes, facultades y funciones

(a) Actuar como el organismo rector del Fideicomiso.
(b) Formular, adoptar, enmendar y derogar reglas y reglamentos operacionales para regir sus actividades y las del Fideicomiso.
(c) Determinar la elegibilidad de los proponentes de proyectos a ser financiados por los fondos del Fideicomiso.
(d) Autorizar la contabilidad y el desembolso de los fondos y otras operaciones administrativas del Fideicomiso.
(e) Implantar la política pública y los objetivos del Fideicomiso a tono con este capítulo.
(f) Determinar las áreas y prioridades programáticas del Fideicomiso y aprobar los planes de trabajo que se formulen de conformidad.
(g) Nombrar un Director Ejecutivo, fijar su remuneración y delegar en él o ella las responsabilidades que se entiendan necesarias y apropiadas a los fines de llevar a cabo los objetivos dispuestos en este capítulo.
(h) Determinar las facultades, deberes y obligaciones del Director Ejecutivo del Fideicomiso en armonía con los preceptos de este capítulo.
(i) Delegar en cualquier comité de la Junta o en el Director Ejecutivo cualesquiera de los poderes y facultades que tiene la Junta bajo este capítulo.
(j) Delegar en la Autoridad o en cualquier otra agencia pertinente del Gobierno la ejecución de medidas, planes, proyectos del Fideicomiso, etc., aprobados por la Junta de Directores de conformidad con este capítulo.
(k) Ejercer todos los poderes conferidos y aquellos incidentales o que resulten necesarios o convenientes para la consecución de los propósitos de este capítulo.