El Fondo para el Fomento de Clubs 4-H en Puerto Rico estará bajo el control y administración de una “Comisión para el Fomento de los Clubs 4-H en Puerto Rico”, la que consistirá del Secretario de Agricultura de Puerto Rico, que será su presidente; del Director del Servicio de Extensión Agrícola, y de un agricultor bona fide nombrado por el Gobernador de Puerto Rico con el consentimiento del Senado de Puerto Rico.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 35 - Organizaciones Agrarias
§ 954. Clubs 4-H—Fondo para el Fomento
§ 955. Clubs 4-H—Comisión para el Fomento
§ 956. Clubs 4-H—Facultades de la Comisión
§ 957. Clubs 4-H—Reglamentación; préstamos a miembros
§ 958. Futuros Agricultores de América—Fondo para Préstamos y Premios
§ 959. Futuros Agricultores de América—Ingresos serán depositados en banco
§ 960. Futuros Agricultores de América—Junta Administrativa de Préstamos y Premios
§ 961. Futuros Agricultores de América—Administración de fondos