Se entenderá que cualquier violación a las disposiciones de este capítulo y de sus reglamentos por una organización receptora, la comete también el ejecutivo, empleado o persona autorizada por éste que sea responsable del acto u omisión que constituya tal violación. De igual forma, podrán ser responsables todos los miembros de la Junta de Directores, Síndico, Concejales, Comité Directivo o Ejecutivo u otros, independientemente de que cómo se denominen, pero que tengan la responsabilidad de diseñar e impartir las instrucciones, órdenes o directrices de política institucional de la OSFL, que tengan conocimiento o no hayan realizado todas las gestiones y esfuerzos razonables para prevenir que se incurriera en la violación de ley o reglamento que se trate.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 40 - Ley de Fondos Legislativos para Impacto Comunitario
§ 921a. Propósitos de este capítulo
§ 921c. Autorización y asignación de fondos legislativos
§ 921e. Requisitos de elegibilidad
§ 921f. Período de convocatoria
§ 921g. Normas para el uso de la subvención
§ 921h. Evaluación programática y fiscal
§ 921j. Responsabilidad por violaciones a la ley
§ 921k. Cambio de fines o disolución de una organización receptora