2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 40 - Ley de Fondos Legislativos para Impacto Comunitario
§ 921a. Propósitos de este capítulo

(a) Impulso de estabilidad financiera y desarrollo económico.— Proyectos que fomenten el desarrollo y la sustentabilidad económica de individuos, familias y comunidades por medio de asesoría legal, capacitación sobre el buen manejo de las finanzas, destrezas ocupacionales o cualquier otro servicio que eleve la empleabilidad de jóvenes, adultos y personas de diversidad funcional; programas enfocados en la creación de empleo y el desarrollo de industrias comunitarias.
(b) Promoción de conductas positivas y saludables.— Proyectos que promuevan el bienestar físico, emocional y mental de individuos, grupos, y comunidades desventajadas; entiéndase pero sin limitarse a la prestación de servicios de bienestar social, salud, custodia, protección, prevención y tratamiento a personas con problemas de adicción en todas sus manifestaciones; programas educativos dirigidos hacia la excelencia académica y la vida independiente; servicios de apoyo a individuos y familias sobrevivientes de situaciones de violencia y maltrato; actividades organizadas destinadas a desarrollar destrezas de trabajo en equipo, estilos de vida saludables y servicio comunitario por medio del deporte; programas comunitarios enfocados en el desarrollo de destrezas para la reducción de vulnerabilidades ante desastres naturales y prácticas para la protección de recursos naturales y animales.
(c) Fortalecimiento de nuestra cultura.— Proyectos artísticos y culturales para niños, jóvenes y adultos que aumenten las oportunidades para la expresión creativa tales como; clases, talleres y seminarios de teatro, baile, pintura, diseño, música, poesía, redacción, y producción local de instrumentos musicales en comunidades desventajadas; y eventos enfocados en promover y fortalecer la cultura puertorriqueña.