Por la presente se crea un “Registro de Poderes”, siendo el registrador del mismo el Director de la Oficina de Inspección de Notarías, adscrita al Tribunal Supremo de Puerto Rico.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte IV - Ejercicio de la Abogacia y del Notariado
Capítulo 69 - Registro de Poderes
§ 921. Creación del Registro; registrador
§ 922. Registro de escrituras relacionadas con poderes
§ 923. Instrumentos otorgados fuera de Puerto Rico
§ 924. Libro Registro de Poderes; copias; sellos de rentas internas