La Oficina de Gerencia de Permisos, los Oficiales de Permisos y sus directores individuales, al igual que los oficiales, agentes o empleados de éstas no incurrirán en responsabilidad civil por cualquier acción tomada de buena fe en el desempeño de sus deberes y responsabilidades, conforme a las disposiciones de este capítulo, y serán indemnizados por todos los costos que incurran con relación a cualquier reclamación para la cual gozan de inmunidad, de acuerdo a lo aquí dispuesto y bajo las leyes de Puerto Rico y los Estados Unidos de América. Los profesionales autorizados no estarán cobijados bajo esta disposición y responderán individualmente en cualquier acto judicial que se origine contra el Estado.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 23 - Planificación y Fomento Público
Parte VIII - Planificacion Publica II
Capítulo 230 - Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico
Subcapítulo XVIII - Disposiciones Generales y Transitorias
§ 9028a. Solicitudes pendientes de trámite.
§ 9028b. Ordenes administrativas, cartas circulares, memorandos
§ 9028c. Recopilación de información y creación de bases de datos
§ 9028d. Cooperación y acceso a información y bases de datos
§ 9028e. Aplicabilidad de la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme