(a) La persona beneficiaria fallece.
(b) La persona beneficiaria sufre de alguna enfermedad catastrófica según definida por la comunidad médica.
(c) La persona beneficiaria está sirviendo en las fuerzas armadas de los Estados Unidos de América.
(d) Si la persona beneficiaria actúa bajo los fundamentos que dispone el Código Civil de Puerto Rico para las causas de desheredación y con anterioridad a que la persona beneficiaria culmine su grado de bachillerato.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte II - Universidad de Puerto Rico
Capítulo 57 - Programa de Educación Prepagada de la Universidad de Puerto Rico
§ 857a. Oficina del Programa de Educación Prepagada
§ 857f. Admisión a la Universidad de Puerto Rico
§ 857g. Reembolso o transferencia de créditos; penalidades
§ 857h. Disposición de los créditos adquiridos