Por la presente, sin perjuicio de los honorarios contenidos en las secs. 2001 et seq. de este título, conocidas como “Ley Notarial de Puerto Rico”, sobre arancel, se fija a todos los archiveros generales de los distritos notariales de Puerto Rico, exceptuando a San Juan y Ponce, una asignación mensual de mil quinientos dólares ($1,500), para sostener locales adecuados y demás gastos necesarios. Estas asignaciones mensuales se consignarán en el presupuesto anual de gastos ordinarios de funcionamiento para la Rama Judicial.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico